Ángel Isaías Fuentes Navarro y Orlin Alexander Barrientos González ambos agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) fueron sentenciados a cuatro años y nueve meses de prisión por abuso de autoridad, además tienen la prohibición para no ocupar cargos públicos durante el mismo tiempo.

    La jueza Mirian Andrea García Aguilar del Tribunal Undécimo de Sentencia Penal dio a conocer la condena en la que indicó que ambas personas, lejos de proteger a Figueroa, abusaron de su posición como integrantes de las fuerzas de seguridad del Estado.

    Para evitar ir a prisión los dos agentes deben pagar Q25 por cada día, es decir, unos Q43 mil cada uno.


    Vox Populi

    redaccion@voxpopuliguate.com

    Artículos de Vox Populi


    Antes que la jueza dictara la condena, Sonny Figueroa señaló ante al Tribunal que la sentencia debería de marcar un precedente para evitar las agresiones en contra de periodistas y población.

    “Durante este juicio ha quedado evidenciado cómo las fuerzas de seguridad del Estado de Guatemala han mentido con el propósito de buscar la impunidad. Los agentes de la seguridad presidencial, los militares y los miembros de la Policía Nacional Civil que testificaron en este juicio vinieron a mentirle a usted, señora jueza y a todas las partes involucradas con el propósito de justificar las agresiones de los señores Ángel Isaías y Orlin Alexander en mi contra”, dijo el periodista. 

    El periodista agregó que “durante este juicio también se demostró que el Estado te agrede a través de sus fuerzas de seguridad y que el mismo Estado defiende a esos agresores e intenta justificar su violencia como una -técnica rudimentaria-. Lo peor de todo esto es que señalan que se puede usar la fuerza siempre y cuando esta no sea letal o cause la muerte, pareciera entonces que me pueden dejar golpeado y está bien porque no se me causó la muerte. Esto, señora juez, es un discurso que fomenta y acepta la violencia hacia la ciudadanía”.

    Las Asociaciones Artículo 35 y la Unidad de Protección a Defensoras y Defensores de Derechos Humanos – Guatemala (Udefegua) que son querellantes dentro proceso, le pidieron al Tribunal que los dos policías fueran condenados por el delito de lesiones graves, pero la jueza consideró que el Ministerio Público (MP) fue deficiente en su investigación porque no aportaron los elementos suficientes.

    El delito de abuso de autoridad se encuentra tipificado en el artículo 418 de Código Penal, el cual establece: comete delito de abuso de autoridad, el funcionario o empleado público que, abusando de su cargo o de su función, ordenaré, realizaré o permitiere cualquier acto arbitrario o ilegal en perjuicio de la administración pública o de terceras personas, sean particulares, funcionarios o empleados públicos, que no se hallaré especialmente previsto en las disposiciones de este Código. El responsable de este delito será sancionado con pena de prisión de tres a seis años e inhabilitación especial.

    Los dos agresores fueron condenados por ese delito a cuatro años, pero por ser agentes de la PNC se les aumentó en una cuarta parte. Como pena accesoria tampoco pueden optar a un cargo público durante el mismo tiempo de la condena. Ambas personas ya no podrían regresar a la PNC, pues el artículo 18 de esa intitución lo prohíbe al darse una sentencia en firme en su contra.

    La jueza resaltó que los dos policías, lejos de brindarle ayuda a Figueroa luego de ser asaltado, lo golpearon y ellos están obligados a brindarle su apoyo a la población, pero no lo hicieron. “En Guatemala todos somos víctimas de la violencia porque es un país muy peligroso y todos somos víctimas”, expresó la juzgadora.

    García Aguilar durante su decisión también expresó que el periodista fue golpeado por los agentes y eso quedó demostrado por medio de exámenes que se le hicieron a Figueroa por médicos del Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala (Inacif).

    De igual manera, la funcionaria judicial enfatizó que el comunicador se acercó al Palacio Nacional a pedir ayuda tras ser víctima de un robo y que a pesar de solicitar apoyo a los integrantes de la Secretaría de Asuntos Administrativo y de Seguridad (SAAS) y del ejército, no se lo dieron.

    La captura ilegal de Sonny Figueroa

    La noche del 11 de septiembre de 2020, el periodista Sonny Figueroa fue asaltado en la Plaza de la Constitución por tres personas. Tras ser despojado de todas sus pertenencias caminó hacia el Palacio Nacional de la Cultura para pedir el apoyo de la seguridad presidencial y solicitó entrar para hablar con personal de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia (SCSP), pero se lo negaron.

    Lejos de recibir ayuda, el comunicador fue señalado de hacer escándalo en la vía pública y los agentes de la Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia (SAAS) llamaron a la PNC para que lo detuvieran.

    Mientras la policía llegaba, un hombre vestido de particular (gorra negra, mascarilla negra, playera gris, pantalón negro y zapatos color gris) le dio a Figueroa un golpe con una manopla y posteriormente se fue. Los agentes de la seguridad presidencial vieron la agresión y no hicieron algo al respecto para garantizar la integridad del comunicador. Todo esto quedó registrado en cámaras del lugar.

    Ángel Isaías Fuentes Navarro y Orlin Alexander Barrientos González fueron los dos policías que llegaron al lugar.  En el video se observa que el periodista relata y señala el punto del robo; sin embargo, su denuncia no fue recibida por los agentes.

    Posteriormente, tras un intercambio de palabras, Fuentes Navarro da un golpe en el pecho a Figueroa y Barrientos González lo esposa con las manos hacia atrás.

    Minutos más tarde, ambos agentes patearon en varias ocasiones al periodista en las piernas hasta derribarlo. Ya en el suelo Fuentes Navarro da dos pisotones a Figueroa que le provocaron una fractura en uno de los meniscos de la rodilla izquierda y ruptura del ligamento en primer grado. A los pocos segundos el otro policía, Barrientos González arrastra al comunicador para luego levantarlo con fuerza.

    Por si fuera poco, el periodista fue lanzado por ambos policías a la palangana de la patrulla, dándose  golpes en diferentes partes del cuerpo porque estaba esposado y no pudo apoyarse con sus manos.

    La patrulla 033 asignada a la División de Protección a Personalidades y de Seguridad (DPPS) fue la que se hizo presente para trasladar al periodista a Torre de Tribunales. El jefe de ambos agentes, el entonces oficial Danny Estuardo Estrada Fajardo, fue quien coordinó el operativo con el apoyo de altos mandos de la SAAS.

    Durante el juicio, Estrada Fajardo mintió en su declaración ante la jueza Mirian Andrea García Aguilar al decir que no estuvo presente frente al Palacio Nacional de la Cultura y por eso el abogado de los querellantes (Asociación Artículo 35 y Udefegua), Rootman Pérez, pidió que Estrada Fajardo sea investigado.

    El día de la captura en la patrulla DPSS 033 se observa que de ella desciende un hombre vestido de particular similar al que agredió al comunicador minutos antes. Durante el debate se pidió que la investigación se mantenga abierta para que la Fiscalía de Delitos Contra Periodistas identifique a la persona, sea procesada por agresiones y se determine si es trabajador del Estado.

    Al momento de dictar la sentencia, la jueza ordenó al MP que la investigación continúe para determinar si hay más personas involucradas en la detención ilegal del periodista.

    Los dos agentes condenados dijeron que no entendían los motivos por los cuales habían sido capturados y que ellos solo cumplieron con su trabajo. Justificaron que su actuar está establecido en los manuales de la Policía Nacional Civil.

    PNC normaliza agresiones

    Durante el debate, el abogado de los policías Óscar Hugo Santistéban Rodas (contratado por el Ministerio de Gobernación) justificó que el actuar de Fuentes Navarro y Barrientos González estuvo apegado a los protocolos establecidos y agregó que los agentes usaron una “técnica rudimentaria” para derribar al periodista.

    Durante su exposición Santistéban Rodas argumentó que el golpe en el pecho que el agente Ángel Isaías Fuentes Navarro dio a Figueroa es normal para reducir al orden a cualquier persona. Señaló que un golpe en el “rostro” o en los “testículos” sí atenta contra la integridad de las personas, pero que en el pecho no.

    De igual forma, intentó justificar que el derribo con patadas que los policías hicieron al comunicador fue para garantizar que este no se hiciera daño, ya que segundos antes Figueroa tropezó con la baranda de seguridad y luego la empujó. “Los agentes pueden actuar para evitar que las personas hagan daño contra terceros o así mismos”.

    Por último, Santistéban Rodas aseguró que los ahora condenados no tenían la obligación de tomar la denuncia de robo de Figueroa porque fueron llamados por la seguridad presidencial por “una persona que hacía escándalo en la vía pública”.

    Orlin Alexander Barrientos González (izquierda) y Ángel Isaías Fuentes Navarro (derecha) mientras se desarrolló el juicio en su contra. (Fotografía: Juan Rosales)

    La noche del 11 de septiembre dos militares de la Guardia Presidencial tiraron al piso a Figueroa cuando este intentó ingresar al Palacio Nacional para pedir ayuda del personal de la Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia (SCSP) luego del robo sufrido en la Plaza de la Constitución.

    El soldado Jorge Alberto Pereira Godoy, aseguró durante su testimonio que tuvieron que tirar al suelo al periodista en dos ocasiones, pues podría querer atentar en contra del presidente Alejandro Giammattei quien tiene una oficina en el segundo nivel.

    El mismo argumento usó el militar Nelson Geovany Chimijhander Cuc Rax quien agregó que debía protegerse la vida del mandatario y del entonces director de la Comisión Presidencial del Centro de Gobierno, Luis Miguel Martínez Morales.

    Policías sentenciados mintieron sobre captura

    Cuando Sonny Figueroa fue trasladado a los juzgados de turno de Torre de Tribunales se le detuvo por la falta “escándalo en la vía pública”. Su audiencia sería conocida por un juez de paz, sin embargo, los policías implantaron evidencia para que al comunicador se la procesara por cohecho.

    En el parte policial, Fuentes Navarro y Barrientos González aseguraron que Figueroa intentó sobornarlos con Q100, situación que ni ellos ni el MP pudieron demostrar en la audiencia de primera declaración del periodista. De hecho, este caso fue archivado a petición de la fiscalía.

    Figueroa fue dejado en libertad 24 horas después por el juez de primera instancia penal, Ángel Arturo Contreras Sierra, quien consideró que no había elementos para dejar en prisión al comunicador, pero si lo perjudicó con un arraigo, por lo que no pudo salir del país por dos años (septiembre 2020 a agosto de 2022).

    Autor

    Share.

    Comments are closed.